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Academia, Género,
Derecho y Sexualidad.

El papel del Derecho en la producción de la desigualdad: El caso de los alimentos

Isabel Cristina Jaramillo Sierra *Isabel Cristina Jaramillo Sierra *

(*) Integrante(s) de la Red Alas.

La legislación colombiana desde el siglo XIX es clara en señalar que la obligación de proveer lo necesario para satisfacer las necesidades básicas de las personas corresponde a los miembros de su familia Esto asunto es particularmente interesante cuando se trata del sostenimiento de niños y niñas, especialmente si sus padres no viven juntos. Dado este vínculo legal entre hijos y madres, las madres no pueden reclamar la imposibilidad de cuidar de sus hijos sin renunciar al mismo tiempo a la maternidad. Los padres tienen la facultad de vivir sin sus hijos y seguir reclamando los beneficios de la patria potestad y el parentesco. Finalmente, en razón de que la terminación de la convivencia generalmente implica una ruptura afectiva, la negociación y cobro de la cuota se vuelve una oportunidad para revisitar los sentimientos negativos que tienen los miembros de la pareja. Así, frente a la proposición de que “nadie está obligado a lo imposible”, la respuesta feminista es que de hecho las mujeres si están haciendo “lo imposible”, a través del rebusque y soportando altos niveles de violencia, perpetuándose con esto su pobreza y exclusión. De allí que acudan a reformas legales y estrategias litigiosas encaminadas a conseguir “cualquier cosa” con tal de aliviar la carga de las mujeres y reducir su desigualdad. Partiendo del análisis de 1690 casos de alimentos, este paper propone entender el problema tomando en consideración tanto la pobreza de los deudores alimentarios, como las necesidades inaplazables de los acreedores menores de edad.

Fuente

Comparative Law Review, no.1 (2018): 120-41.


Año

2018