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Academia, Género,
Derecho y Sexualidad.

Comentarios a los artículos 4 (derecho a la vida) y 9 (principio de legalidad) de la Convención Americana de Derechos Humanos

Tabla de contenidos

I. El derecho a la vida en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Art. 4.1 Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley
… y, en general, a partir del momento de la concepción
… Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente
1) El empleo de la fuerza por parte de agentes estatales
2) El deber del Estado de velar por la vida de las personas privadas de su libertad
3) Desaparición forzada de persona como atentado contra el derecho a la vida
La pena de muerte
II. Repercusiones locales de la CADH en relación con el derecho a la vida
1. Situación previa a la reforma constitucional de 1994
2. Regulación legislativa del derecho a la vida
3. Repercusiones de la reforma constitucional de 1994 en la protección de la vida
1) La positivización y efectividad del derecho a la vida
2) El debate sobre el momento en que comienza la protección jurídica de la vida en el derecho constitucional argentino
3) Deber del Estado de velar por la vida de las personas privadas de su libertad
4) El derecho a la vida y el uso de la fuerza por parte de agentes estatales
5) Deber de investigar la desaparición forzada de persona
6) La pena de muerte

isbn

978-987-03-2415-7

Fuente

La Convención Americana de Derechos Humanos y su proyección en el Derecho argentino, Enrique Alonso Regueira (director) (Departamento de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires)


Año

2013