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La excepción al cumplimiento de los deberes de información y colaboración de los Abogados: ¿Atipicidad o justificación del blanqueo de capitales? Análisis de la Directiva 91/308/CE en su versión modificada por la directiva 2001/97/CE

María Camila Correa Flórez *María Camila Correa Flórez *

(*) Integrante(s) de la Red Alas.

Partiendo del siguiente interrogante ¿Está el abogado “blanqueando” el dinero –a título de autor– al recibir sus honorarios, dentro del marco de un proceso de defensa penal, si el dinero con el que se le pagan es producto de un delito de narcotráfico, o de cualquier otra conducta delictiva?, se dice que la conducta está cubierta por la causa de justificación “ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”. Pero no se considera que ésta no sea una causa de ausencia de antijuridicidad, sino una causa de atipicidad, por
tanto, se concluye que los abogados no incurren en el delito de blanqueo de capitales en el marco de un proceso de defensa. Luego se exponen las excepciones a los deberes de información de los abogados, cuando se encuentran frente
a un posible supuesto de blanqueo de capitales, consagradas en la Directiva 91/308/CE en su versión modificada por la Directiva 2001/97/CE y se establece que son causas de atipicidad de la conducta.

Fuente

En: Revista de Derecho Público, Num 26 (Enero - Junio de 2011).


Año

2011