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Derecho y Sexualidad.

Los principios de la suspensión de derechos a la luz del derecho internacional y del artículo 29 constitucional

Isabel Montoya Ramos *Isabel Montoya Ramos *

(*) Integrante(s) de la Red Alas.

La suspensión de derechos humanos en situaciones de emergencia es una decisión delicada. Por lo tanto, la legislación que la regule debe ser rigurosa y detallada. La reforma de 2011 en materia de derechos humanos modificó, entre otros, el artículo 29 constitucional que regula la suspensión de derechos. Gracias a los cambios introducidos mediante la reforma se incluyeron diversos elementos que completan la regulación de la suspensión. Sin embargo, aún falta crear una ley reglamentaria que se adecúe a las normas y procedimientos internacionales en la materia.

Los principios de la suspensión de derechos a la luz del Derecho internacional y del artículo 29 constitucional analiza las modificaciones a dicho artículo bajo los principios de la suspensión de derechos contenidos en el Derecho internacional de los derechos humanos, con el fin de brindar elementos que sirvan de referencia para la elaboración de la ley reglamentaria.

Esta obra aporta un análisis riguroso y crítico de los elementos que contiene la Constitución, y las iniciativas sobre la suspensión de derechos a la luz de las normas y principios internacionales en la materia brindados por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos y los órganos pertinentes de la Organización de la Naciones Unidas.

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isbn

9786074687446

Año

2015