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Academia, Género,
Derecho y Sexualidad.

Con el impulso de la ciencia, sin fundamentalismos.

Las cuestiones bioéticas son parte de la realidad de toda sociedad; consecuentemente, el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación no
pudo silenciar cuestiones bioéticas directamente relacionadas con el efectivo ejercicio de derechos personalísimos. Claro está, un Código Civil
no puede ni debe regular todos y los muy diversos aspectos que involucran las cuestiones éticas, ni siquiera todas las relacionadas con las
técnicas de reproducción humana asistida (TRHA). No obstante, debe decidir si mantiene o no un artículo que define desde cuándo comienza la existencia de la persona humana, tal como sucede en el Código Civil argentino actualmente vigente, y dar solución a diversas cuestiones vinculadas al derecho de la filiación. Este trabajo se limita al tratamiento de dos de los temas que han sido objeto de amplios debates: 1) el comienzo de la persona humana y 2) el derecho a la identidad de los nacidos por TRHA con material genético proveniente de un tercero.

issn

1575-8443

Fuente

Perspectivas Bioéticas, Número: 33


Año

2012