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Academia, Género,
Derecho y Sexualidad.

Análisis de la intervención del INDECOPI en el caso de publicidad sexista de DIRECTV: ¿soplan nuevos vientos?

María Soledad Fernández RevoredoMaría Soledad Fernández Revoredo

(*) Integrante(s) de la Red Alas.

Desde el año 1988, el Colectivo Fem TV (del que es parte de DEMUS conjuntamente con Calandria, el CMP Flora Tristán, el Movimiento Manuela Ramos y Milenia Radio) impulsa una campaña pública por una publicidad que anuncie la igualdad y respete la diferencia.
Adicionalmente, desde el año 1995, DEMUS contribuye en esta lucha abordando jurídicamente el sexismo en la publicidad, a través de la denuncia de casos concretos ante la autoridad administrativa o produciendo doctrina jurídica. Es en este marco que DEMUS considera relevante difundir aquellas resoluciones que constituyen hitos jurídicos para las mujeres. Una
de ellas es la resolución de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal de INDECOPI, la que actuando de oficio, sancionó un caso de publicidad discriminatoria contra la mujer. Se trata de una resolución que, tal y como lo explica la Dra. Marisol Fernandez en el
artículo que también se anexa, resuelve de manera diametralmente opuesta a la que nos tenía acostumbradas.
Conforme a las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, los anuncios deben respetar la Constitución y las leyes, y están prohibidas de favorecer o estimular cualquier clase de ofensa o discriminación racial, sexual, social, política o religiosa. Esperamos que esta publicación contribuya a que esa norma realmente se cumpla.

Publicado por

Fuente

En: INDECOPI y Publicidad Sexista. Colección Justicia de Género. Lima. DEMUS.. (pp. 3 - 22).


Año

2008