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Palabras clave: 'gobierno y política'.
34 coincidencia(s) encontradas.

Capítulo de libro

La discusión en torno a la política de desarrollo agrario: ¿perspectivas encontradas?, ¿nuevas soluciones?

Helena Alviar García
| Universidad de los Andes

Este texto busca demostrar que los discursos de las partes negociadoras (gobierno colombiano y FARC-EP) se centran en visiones clásicas y antagónicas de la política agraria, lo cual genera puntos ciegos para solucionar muchos de los problemas que enfrenta el sector rural colombiano.

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Libro

LIDERA: participación en domocracia. Experiencias de muejres en el ámbito social y poítico en la Argentina

Natalia Gherardi
2012 | ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género

La plena participación de las mujeres en la vida social, política y económica de la Argentina no solo es un derecho consagrado en leyes y tratados internacionales de derechos humanos, sino que además es un requisito ineludible para el desarrollo de una democracia en la que se materialice la promesa de igualdad para mujeres y varones. En este marco, cobra relevancia la necesaria participación de las mujeres en la vida política nacional y local, procurando garantizar el ejercicio de los derechos ciudadanos a elegir las mejores propuestas y a ser elegidas para cargos ejecutivos y legislativos.
Pero este compromiso requiere también reconocer el valor de la participación de las mujeres en la vida política en un sentido más amplio, inclusivo de la participación social y comunitaria. Una concepción amplia de la democracia destaca la importancia de la participación de las mujeres en la sociedad civil, de modo de contribuir a la expansión de los marcos de acción de las instituciones representativas del gobierno.

Este libro marca la culminación del Proyecto Lidera, desarrollado a partir de 2009 gracias al apoyo de UNDEF -Fondo de las Naciones Unidas para la Democracia- e inspirado en el convencimiento de que es preciso avanzar en el conocimiento de las formas en que surgen, se consolidan y avanzan estos liderazgos femeninos, así como los modos en que se relacionan estas mujeres con el poder público. Esa comprensión resulta imprescindible para identificar las contribuciones necesarias para dotarlas de herramientas que permitan mejorar su nivel de incidencia en la agenda política.

Los artículos que componen esta publicación ofrecen un recorrido por las diferentes etapas del Proyecto Lidera, sus principales conclusiones y los aprendizajes obtenidos. Con la celebración del Foro Nacional Lidera, que tuvo lugar los días 19 y 20 de abril de 2012 en la Ciudad de Buenos Aires y que reunió a más de 130 mujeres de diversas jurisdicciones -especialmente Ciudad de Buenos Aires, Jujuy, Mendoza, Morón, Neuquén y Rosario- que lideran la vida social y política de sus comunidades, se facilitó una instancia de reflexión colectiva sobre los problemas y desafíos comunes.

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Otras formas de violencia contra las mujeres que reconocer, nombrar y visibilizar

Natalia Gherardi
| ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género

La propuesta de este estudio es analizar las normas y las políticas que se están impulsando desde los Estados de la región de América Latina y el Caribe para abordar otras formas de violencia todavía invisibilizadas, que están menos presentes en el debate público y que, sin embargo, contribuyen a mantener la estructura de discriminación de género que reproduce la violencia más extrema. Se trata de otras formas de violencia que socavan la autonomía de las mujeres en sus distintas dimensiones: violencias en los procesos reproductivos que impactan en la autonomía física; violencias mediáticas y simbólicas reproducidas en el discurso público, que restringen la autonomía política; y violencias en ámbitos sociales, educativos y laborales, que limitan el ejercicio de la autonomía económica de las mujeres.

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Claroscuros en las políticas contra la violencia. Estudio sobre la implementación de la ley 26.485 de Protección Integral contra la Violencia

Natalia Gherardi
2014 | ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género

A cinco años de la sanción de la Ley 26.485 para protección integral frente a todas las formas de violencia contra las mujeres en sus relaciones interpersonales (en adelante, la “Ley Integral de Violencia” o “Ley 26.485”) es momento de realizar una evaluación inicial de su grado de implementación y efectividad de las acciones tomadas bajo su amparo. Es tiempo de impulsar acciones de monitoreo y rendición de cuentas.

La sanción de esta ley significó un cambio de paradigma en el abordaje de la violencia de género en Argentina: una ley integral, ambiciosa y abarcadora de distintas manifestaciones de la violencia contra las mujeres, que colocó a nuestro país entre aquellos que dieron el paso hacia legislaciones de segunda generación, luego de una primera década concentrada a la violencia familiar o doméstica, de la que las mujeres eran de todas maneras las principales víctimas.

El objetivo de este documento es contar con un análisis inicial que permita tener una mirada general del tema, dejando sentadas las bases de lo que podría ser una indagación complementaria a realizarse durante el año 2015 en un proceso con mayor grado de participación de organizaciones de la sociedad civil, universidades y gobiernos locales, con un mejor alcance federal.

Este documento fue elaborado por Natalia Gherardi, con la colaboración de Paula Rey, Cecilia Gebruers, María Paula Krichevsky y Nadia Ferrari. Agradecemos el aporte de Claudio Navarrete Muñoz en la búsqueda de información. Este trabajo fue posible gracias al apoyo financiero de UNFPA en Argentina

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Capítulo de libro

Percepciones de la violencia contra las mujeres en las provincias de Chaco y Jujuy: una mirada desde las opiniones de sus habitantes

Natalia Gherardi
2018 | ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género

Las distintas manifestaciones de la violencia contra las mujeres ocupan un lugar central en la agenda por la igualdad de género. Desde la consagración de los derechos de las mujeres como derechos humanos, la violencia ha recibido creciente atención luego de décadas de trabajo de los movimientos de mujeres, las organizaciones y liderazgos feministas. Esta preocupación está hoy presente con fuerza en la agenda nacional y regional a partir de la convicción de que ninguna sociedad podrá ser realmente igualitaria si no garantiza una vida libre de violencias para todas las personas que la integran. El Proyecto �Cerrando Brechas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres� fue concebido como una estrategia para contribuir a reducir la distancia entre las promesas normativas y su efectividad a partir del trabajo colaborativo entre actores estatales y no estatales: sociedad civil y gobiernos locales tendiendo puentes hacia los sistemas de justicia y de salud para garantizar la atención integral de las mujeres en situación de violencia. Esta publicación reúne las investigaciones cuantitativas y cualitativas realizadas en el marco del Proyecto y que permiten contribuir a iluminar algunos de los problemas centrales que enfrentan las mujeres en situación de violencia para el acceso a la justicia y a las políticas integrales de apoyo y contención.

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Capítulo de libro

Del reconocimiento a la vigencia: los derechos humanos de las mujeres en Argentina

Natalia Gherardi, Carla Zibecchi, Laura Pautassi
2010 | Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

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Capítulo de libro

Globalism in Law and Society: Law without the State as Law without Violence

Julieta Lemaitre Ripoll
2015

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Cartografía de derechos trans en Chile

OutRight Action International
2016 | OutRight Action International

El panorama actual de los derechos de la población de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales (LGBTI) en Chile es complejo. Existe un poder ejecutivo con voluntad política para promover la inclusión social y el respeto de los derechos humanos, y que se encuentra en proceso de generar una conciencia política nacional que sustente una transformación institucional duradera. Varios legisladores conservadores, influenciados en gran medida por la iglesia católica, que se resisten a reconsiderar –desde la perspectiva de los derechos humanos– asuntos como el aborto y el reconocimiento de los derechos de la población LGBTI. Y algunos legisladores más progresistas que se apoyan en el trabajo de organizaciones de la sociedad civil para promover las iniciativas en pro de la población LGBTI. De forma paralela, se han formado y organizado organizaciones civiles LGBTI en Chile para generar cambios culturales, desmontar estereotipos y presionar por el cumplimiento de los compromisos internacionales del país en materia de derechos humanos. Estas organizaciones también han desempeñado un papel importante al hacer que su causa sea pública, identificar y exigir soluciones, y monitorear la consecución, garantía e implementación de los derechos LGBTI.Este breve informe presenta los hallazgos investigativos de OutRight Action International, en colaboración con la Fundación TranSítar en relación con el respeto de los derechos de las per-sonas transgénero en la legislación, las políticas y las prácticas chilenas. El informe considera la situación de las personas trans en términos de sus derechos al reconocimiento legal de género, a la educación, al trabajo y a la salud, y también considera la situación de las personas trans que se encuentran en prisión. El informe concluye con una serie de recomendaciones para las au-toridades chilenas que tienen como f in ga-rantizar un mayor respeto por estos derechos de las personas trans. El informe muestra que Chile goza de un marco de derechos humanos razonablemente robusto; el país ha ratificado los principales tratados y convenciones sobre derechos humanos, y la Constitución, que es imperfecta, junto con la Ley Antidiscriminación, que tiene falencias, contienen protecciones a los derechos humanos. A medida que el concepto del derecho humano al reconocimiento legal de género –según el cual todo el mundo tiene derecho a que se le reconozca legalmente su identidad de género elegida– gana impulso a nivel internacional, el gobierno chileno está apoyando un proyecto de ley sobre identidad de género. Si este proyecto se convierte en ley, garantizará que la identi-dad de género se reconozca como un derecho humano3, y ayudará a garantizar la igualdad ante la ley de las personas trans y las protegerá de la discriminación. En la actualidad, un in-dividuo que desee cambiar su nombre registrado debe presentar una petición en un tribunal civil junto con diagnósticos psicológicos y psiquiátricos, y certificados que demuestren tratamientos quirúrgicos o farmacológicos. Si bien la Constitución chilena garantiza el acceso libre e igualitario a los servicios de salud, y se han desarrollado las políticas nacionales de salud “Circular 21” y “Vía Clínica” con el fin de regular la atención médica para las personas trans, estas personas no han sido consultadas apropiada-mente y las políticas tienen serias falencias. Estas políticas fusionan las necesidades de salud de las personas transgénero con la atención por VIH/SIDA, y patologizan la identidad transgénero, al mismo tiempo que los recursos para suministrar acceso a procedimientos médicos de transición y de afirmación de género son insuficientes. La Constitución chilena garantiza el derecho a la educación sin ningún tipo de discriminación, pero para las personas trans la discriminación en el sistema educativo es continua y comienza desde muy temprano. Sin embargo, los activistas trans han conseguido capacitar y generar conciencia entre profesores, estudiantes y administradores escolares sobre la identidad de género, y algunos colegios, como el Colegio El Trigal-Maipú, están liderando en camino para la inclusión de personas transgénero. Con respecto al derecho al trabajo, la situación de los derechos laborales de las personas trans está caracterizada por la ausencia de políticas públicas, una falta de compromiso por parte de los propietarios de empresas a ofrecer trabajo a personas trans, la carencia de una institución pública que capacite a personas trans y promueva la formación profesional, el abuso por parte de empleadores, y la inexistencia de regulaciones que garanticen seguridad laboral. Por último, las personas trans que se encuentran detenidas reciben un trato que infringe los principios internacionales sobre el trato a prisioneros, y que incluso puede constituir una violación de la prohibición al maltrato.

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Cartografía de derechos trans en Costa Rica

Mulabi Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos, OutRight Action International
2016 | OutRight Action International

Este breve informe presenta los hallazgos investigativos de Mulabi y OutRight Action International en relación con el marco legislativo y de políticas públicas que protege los derechos de las personas transgénero en Costa Rica. El informe proporciona información actualizada sobre el marco que se está desarrollando en torno a los derechos al reconocimiento legal de género, a la educación, al trabajo y a la salud que tienen las personas trans, y concluye con una serie de recomendaciones para las autoridades de Costa Rica que tienen como fin garantizar un mayor respeto por estos derechos en la legislación, las políticas y la práctica. El informe muestra que si bien Costa Rica ha ratificado los principales tratados y convencio-nes internacionales sobre derechos humanos, y la Constitución del país incluye importantes protecciones a los derechos humanos, todavía hay mucho que mejorar en cuanto al desarrollo e implementación de un marco legislativo y de políticas públicas que proteja los derechos humanos de las personas transgénero. El gobierno promulgó un importante decreto ejecutivo para eliminar la discriminación contra la población “sexualmente diversa”, pero su implementación por parte de las instituciones ejecutivas ha sido lenta. El derecho al reconocimiento legal de género –según el cual todo el mundo tiene el derecho a que se le reconozca legalmente su identidad de género– aún no ha sido reconocido en la legislación, en las políticas ni en la práctica. El derecho al reconocimiento legal de género –según el cual todo el mundo tiene el derecho a que se le reconozca legalmente su identidad de género– aún no ha sido reconocido en la legislación, en las políticas ni en la práctica. A pesar de que ha habido algunos avances positivos en cuanto a los documentos de iden-tidad, gracias a un “reglamento de fotografía” que permite a las personas trans conciliar la imagen que aparece en su documento de iden-tidad con la imagen que tienen de sí mismas, todavía parece haber confusión a nivel oficial con respecto a la diferencia entre orientación sexual e identidad de género, al mismo tiempo que las organizaciones de la sociedad civil exigen nada menos que una ley que garantice el pleno reconocimiento legal de género. El Ministerio de Educación Pública de Costa Rica y el Centro de Investigación y Promoción para América Central en Derechos Humanos (CIPAC), han elaborado algunas directrices que buscan evitar la discriminación en el sistema educativo, incluyendo la discriminación basada en identidad de género. Esta orientación –junto con las nuevas políticas adoptadas por varias instituciones educativas costarricenses– debería ayudar a facilitar el goce del derecho a la educación por parte de las personas trans, pero el desafío será garantizar que estas directrices funcionen en la práctica. Con respecto al derecho al trabajo, y si bien el Código de Trabajo de Costa Rica prohíbe la discriminación, la identidad de género no es un motivo de discriminación que se mencio-ne específicamente, y no hay políticas para promover el empleo de las personas trans. A pesar del amplio marco legislativo y de políticas que defiende el derecho de las personas trans a la salud, incluyendo la Política Nacional de Sexualidad, la comunidad trans aún enfrenta problemas culturales y estructurales en el sistema médico, en especial con respecto a la transición. Aún es necesario realizar mucho más trabajo para garantizar que las personas trans reciban el apoyo adecuado cuando se trata de las necesidades generales de salud y los procesos físicos y mentales involucrados en la transición. Esto al tiempo que las orga-nizaciones de la sociedad civil están pidiendo que se realice una distinción entre los cuidados generales por VIH, por un lado, y políticas integrales de asistencia médica para las personas trans por el otro.

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Renombrar, reteorizar y revolucionar el derecho: incorporación de la perspectiva de género en la educacion jurídica

Esther Vicente
2015

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Regeneración y patología. Análisis de la historicidad de los discursos de la ausencia y anomia del estado de la regeneración hasta nuestros días

Lina Fernanda Buchely Ibarra
2012

El artículo se pregunta por la historicidad de las narrativas académicas que
califican la existencia del estado como ausente, precaria o fallida. Utilizando la
metodología del análisis de discurso se tiene como objetivo contrastar las narrativas
regeneradoras en torno a la catástrofe del estado con los discursos académicos
contemporáneos construidos en torno a la patología e insuficiencia del aparato público.
Pese a sus aparentes diferencias ideológicas, el discurso político del siglo xix y la
narrativa académica contemporánea, muestran fuertes coincidencias, como reacciones
a una ausencia simbólica de autoridad o fuerza de gobierno. La autora concluye con
una reflexión en torno a la historicidad de las narrativas académicas, identificando el
discurso de la patología del estado como una Regeneración deslocalizada

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Artículo

La superación de las desventajas de género. Análisis de políticas sociales de las mujeres de la clase media urbana en Colombia

Lina Fernanda Buchely Ibarra
2013

El Informe del Banco Mundial 2012 comienza con esta afirmación: "las cuestiones de igualdad de género en sí mismas son importantes para el desarrollo ya que, en mundos globalizados de hoy, los países que utilizan las habilidades y talentos de sus mujeres tendrían una ventaja sobre aquellos que no lo utilizan." Con el marco que sugieren que las cuestiones de igualdad de género, en este documento se describen algunas de las alternativas de políticas orientadas a superar las desventajas de género en la incorporación al mercado formal de trabajo de las mujeres de la clase media urbana en Colombia. A fin de cuentas, la recomendación final sugiere que es conveniente adoptar políticas alternativas como centros comunitarios, los cuales son los programas orientados a la redistribución social del trabajo doméstico como una forma de fomentar la participación de las mujeres en el mercado laboral formal con el apoyo social de los miembros de su propia comunidad. El problema de que la política social debe abordar es la segregación de las mujeres en el mercado laboral formal de trabajo en Colombia. Aunque la evidencia muestra que las mujeres han superado con éxito la brecha educativa, mostrando un mejor desempeño en la educación que sus pares masculinos, las mujeres siguen siendo segregadas en el mercado laboral. La persistencia de altas tasas de desempleo en la población femenina, la prevalencia de la informalidad laboral como espacio de trabajo para las mujeres, y la presencia de la diferencia de pago respecto a sus colegas masculinos con capacitaciones profesionales similares son circunstancias que sustentan la existencia de la segregación. El argumento que se defiende en el texto es que estas circunstancias son ineficientes para la sociedad. Un análisis económico muestra que el costo de mantener el statu quo de desigualdad de la mujeres en el ámbito laboral se externaliza en el sistema de seguridad social que incluye salud, pensiones y regímenes de licencia de maternidad. Por lo tanto, la segregación de las mujeres implica una falla del mercado. En este trabajo se evalúa cinco alternativas de políticas dirigidas a la inclusión efectiva de las mujeres al mercado laboral formal: (i) las cuotas en el mercado privado, (ii) las horas de trabajo flexibles, (iii) sustituir la licencia de maternidad con una licencia familiar, (iv) aumentar los Centros Comunitarios para la redistribución del trabajo de cuidado y (v) el cumplimiento del principio de trabajo igual a salario igual. La primera alternativa busca aumentar la participación femenina en el mercado laboral formal. La segunda, tercera y cuarta alternativas constituyen un paquete dirigido a redistribuir el trabajo de cuidados mediante la reducción de la responsabilidad de las mujeres por el trabajo reproductivo en el hogar con la ayuda de los maridos y el gobierno local. La quinta alternativa interviene para resolver el problema de la igualdad de pago. Después de una evaluación de cuatro criterios que miden la robustez, los problemas de implementación de la política pública, la eficacia y la aceptabilidad de la medida, la alternativa más acertada para atacar el fenómeno es el fomento de Centros Comunitarios que promuevan una redistribución del trabajo de cuidado. Esta política se desempeña bien en el proceso de evaluación, ya que combina el enfoque de género con importantes efectos indirectos: ayuda a la primera infancia y promoción las capacidades humanas. La política también muestra un proceso de implementación de abajo hacia arriba que supera las principales dificultades de implementación en los programas de enfoque de género, con una fuerte evidencia de éxito en el contexto colombiano, documentada tanto por actores transnacionales como el Banco Mundial como por actores locales como el Instituto colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

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Artículo

Más allá de lo que es medible: El feminismo de la gobernanza y los indicadores

Lina María Céspedes Báez
2014

Este artículo analiza cómo el feminismo del poder (power feminism), una corriente feminista en el discurso jurídico internacional, se ha incorporado en el ordenamiento jurídico colombiano por medio del diseño y discusión de indicadores para medir el cumplimiento del gobierno colombiano de las órdenes de la Corte Constitucional sobre desplazamiento forzado interno en el país. Para lograr lo anterior se analiza la participación de la Corporación Sisma Mujer, una de las üng promotoras de derechos de las mujeres más conocidas en Colombia, en los debates dentro y fuera de la Corte Constitucional que llevaron a esta Corte a adoptar una batería de indicadores para hacer seguimiento al goce efectivo de los derechos de las mujeres desplazadas y, en general, a implementar un enfoque sensible a las mujeres en el análisis del desplazamiento forzado. Para conocer los fundamentos teóricos de las intervenciones y estrategias usadas por la Corporación Sisma Mujer ante el Alto Tribunal Constitucional, este artículo combina una aproximación teórica con investigación documental y entrevistas. El texto de Nancy Fraser Rethinking the Public Sphere, y el concepto del feminismo de la gobernanza (governance feminism) de Janet Halley, Prabha Kotiswaran, Hila Shamir y Chantal Thomas constituyen el marco teórico básico. Los documentos elaborados por Sisma Mujer y las decisiones de la Corte Constitucional que aceptaron, apropiaron y transformaron las afirmaciones de Sisma, se analizan desde la perspectiva de Fraser y los aportes teóricos de Halley, Kotiswaran, Shamir y Thomas. Entrevistas con el personal de Sisma, y con otros actores relevantes complementan lo encontrado en los documentos y en las decisiones judiciales.

This article analyzes how power feminism, a mainstream feminist trend in international legal discourse, was incorporated into the Colombian legal system through the process of design and discussion of indicators to measure the Colombian government's compliance with the Constitutional Court's orders regarding internal forced displacement in the country. To do so, this paper examines the participation of Corporación Sisma Mujer, one of the most well-known Colombian women's rights NGOS, in the debates inside and outside the Constitutional Court that led this Court to adopt a battery of indicators to track internally displaced women's effective enjoyment ofrights, and in general a women-sensitive approach to forced displacement. To unveil the theoreticalfoundations of Corporación Sisma Mujer's interventions and strategies before the Constitutional Court, this article combines a theoretical approach with documentary research and interviews. Nancy Fraser's paper Rethinking the Public Sphere, and Janet Halley, Prabha Kotiswaran, Hila Shamir and Chantal Thomas' concept governance feminism constitute the basic theoretical framework. Documen ts drafted by Sisma Mujer andConsti-tutional Court decisions that accepted, appropriated and transformed Sismas claims are analyzed through the lens of Fraser and Halley, Kotiswaran, Shamir and Thomas' theoretical contributions. Interviews with Sismas staff, and with other relevant actors complement what is found in documents and judicial decisions.

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Artículo

Colombia's victims law and the liability of corporations for human rights violations

Lina María Céspedes Báez
2012

In 2011, after four years of lobbying and political wrangling, Colombia approved Law 1448, commonly known as the Victims Law. Its aims are broad: to be the comprehensive body of law to address civilian population claims related to the armed conflict, and therefore to include the necessary legal reforms to restore the rule of law through the enforcement of victims' rights. Currently, government, civil society and scholars are focused on the major issues of the Law, specifically land restitution and assistance for victims. However, this new body of Law, with its 208 provisions, is broader than that, and a close review of its articles is urgently needed. One little-studied and apparently forgotten provision is Article 46, which appears to put in place a specific directive to enhance the prosecution of juridical persons for violations of human rights and international humanitarian law in the context of the Colombian armed conflict. However, a thorough analysis of its wording and history reveals that Article 46 is incapable of establishing links between businesses and human rights and humanitarian law violations in Colombia. This article specifically examines the scope and shortcomings of Article 46, and sets forth some possible solutions that require further investigation to fill the lacuna that already exist in the country in this subject.

En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradas como necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la protección y cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas de la ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.

No ano 2011, depois de quatro anos de lóbi e forcejo político, a Colômbia aprovou a Lei 1448, mais conhecida como a Lei de Vitimas. Os objetivos perseguidos por esta lei são bastante amplos, conforme pretende ser uma regulação compreensiva para enfrentar os efeitos que o conflito armado tem infligido na população civil. Neste sentido, a lei inclui as reformas legais que foram consideradas como necessárias para restabelecer o estado de direito através da proteção e cumprimento dos direitos das vitimas. Atualmente, o governo, a sociedade civil e a academia se têm enfocado na análise dos dilemas e grandes temas da lei. No entanto, esta nova regulação, com seus 208 artigos, é mais ampla e complexa, razão pela qual é indispensável fazer uma análise mais cuidadosa de suas múltiplas provisões. Uma destas, que parece não ter chamado a atenção e que, portanto, não tem sido objeto de estudo pormenorizado é o artigo 46. A primeira vista, este parece estar encaminhado a reforçar a pesquisa e julgamento das pessoas jurídicas relacionadas com violações dos direitos humanos e direito internacional humanitário no contexto colombiano. Este artigo examina especificamente os alcances reais e dilemas do artigo e propõe algumas soluções para encher a lacuna que existe atualmente no país na matéria.

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¿Cómo mira el Estado?: Constitución de 1991 y compromisos de género del Estado colombiano

Lina María Céspedes Báez, Jorge Sarmiento Forero
2011

El presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestaciones jurídicas y de política pública. En el caso de Colombia, este estudio ha de iniciarse con la Constitución de 1991 y las sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan su articulado. Las decisiones relativas a menores intersexuales han demostrado ser un terreno fértil para observar los esfuerzos de la Corte por entender cuál es la relación sexo/género, díada que se encuentra en la base de todas las teorías sobre sexualidad, atribución de significación a los cuerpos y relación hombres/mujeres. Es un hecho que los Estados no se limitan a regular el tráfico de bienes y servicios, sino que también imponen normas acerca de la identidad sexual que se reflejan en diversos campos del ordenamiento jurídico, por ejemplo, las consecuencias patrimoniales de vivir en pareja, los impuestos, los requisitos para adquirir la nacionalidad. De ahí que sea esencial comprender y saber dónde y cómo develar los arreglos de género que patrocina un Estado.

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Capítulo de libro

¿Criminales y enemigos? El narcotraficante mexicano en el discurso oficial y en el narcocorrido

Alejandro Madrazo Lajous
2013 | Libraria

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Capítulo de libro

Movilización legal de mujeres y aborto: El caso de El Salvador

Angélica Peñas Defago, Violeta Canaves
2018 | Siglo XXI

No obstante los importantes avances legales habidos regional e internacionalmente en la arena de los derechos sexuales y reproductivos, es frecuente observar cómo su emergencia se ha visto signada por tensiones entre voces opositoras y favorables. Como ejemplo de estas disputas políticas, en 1997 en El Salvador se reformó la ley penal estableciendo una prohibición absoluta del aborto. En enero de 1992 se firman en México los Acuerdos de Paz entre el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y el gobierno salvadoreño poniendo con ello fin doce años de una cruenta guerra civil. En la apertura de este nuevo período democrático, sectores conservadores, políticos y religiosos, comienzan a movilizarse para dejar sin efecto la legislación sobre aborto que regia en el país desde 1974. Esta legislación preveía una serie de causales de no punibilidad del aborto, exceptuando de pena a los abortos culposos, terapeuticos, por violación y eugenesicos.Esta agenda en torno del aborto diseñada por los sectores conservadores, marcó durante años la suerte de las políticas reproductivas en El Salvador. Una de las consecuencias de las reformas penales se tradujo en este país en una fuerte persecución y condena judicial a las mujeres que tienen abortos, incluso a causa de emergencias obstétricas. Para intentar revertir este contexto penalizador y el estigma que carga el aborto, desde el año 2006 organizaciones de mujeres salvadoreñas vienen privilegiado dentro de su accionar político estrategias de litigio e incidencia desde el campo legal, en tanto vía posible para reformar la legislación penal así como para incidir en los marcos de sentidos que circulan en torno al aborto. Así, partir de mediados de los 2000 los movimientos de mujeres comenzaron, por un lado, a promover acciones de defensa activa de las mujeres encarceladas por abortos. Paralelamente con lo anterior, estos movimientos realizaron una serie de presentaciones legales, en los ámbitos nacionales de justicia como en espacios internacionales de derechos humanos, encaminadas a revertir el sistema de penalización absoluta del aborto en el país. En estas líneas de acción han sido claves las articulaciones logradas entre los movimientos feministas de El Salvador, con organizaciones internacionales de derechos humanos y de defensa y promoción de los derechos sexuales y reproductivos. Estas estrategias y el impacto que han tenido internacionalmente han logrado en los últimos años colocar nuevamente el aborto en el debate público salvadoreño. Considerando este escenario, el presente trabajo analiza las diferentes acciones legales impulsadas por las organizaciones feministas en El Salvador en materia de regulación legal del aborto. La perspectiva de análisis abordará debates sociales y jurídicos en torno a los tópicos sexualidad, derecho y cambio social desde una perspectiva de género.

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Artículo

El derecho a beneficiarse de los avances científicos y los límites a la discrecionalidad estatal: La salud reproductiva en América Latina

Agustina Ramón Michel
2017

Las mujeres de países desarrollados rara vez mueren de hemorragia posparto y casi nunca por un aborto, las mujeres en América Latina sí. La mayoría de estas muertes son evitables, y el misoprostol y mifepristona ayudan a prevenirlas. El misoprostol tiene varios usos obstétricos, incluido el tratamiento de la hemorragia posparto y el aborto incompleto. La mifepristona tiene como principal uso la interrupción del embarazo. Las ventajas de estos fármacos han motivado un aumento de uso por parte de profesionales de la salud y mujeres, transformando las experiencias del aborto y disminuyendo los abortos inseguros. Sin embargo, en Latinoamérica pocos países tienen registrados estos medicamentos para usos obstétricos pese a que son fármacos seguros, eficaces, costo-efectivos, de alta aceptabilidad, y están incluidos en la lista de medicamentos esenciales de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Este tipo de comportamiento estatal, indolente y sesgado en la evaluación de estos medicamentos, refleja más posiciones morales particulares, conveniencias políticas, desprecio hacia las mujeres, y estigmatizaciones hacia el aborto, que, como debería ser, posiciones basadas en evidencia científica, en las experiencias de mujeres y profesionales, y en las obligaciones derivadas de los derechos de las mujeres. Nuestro objetivo en este trabajo es argumentar que esta situación constituye una forma de discriminación principalmente hacia las mujeres en el ejercicio de su derecho a beneficiarse de los avances científicos, entre otros derechos. Asimismo, mostrar que dado que el margen de discreción de los Estados para adoptar políticas y garantizar el ejercicio de los derechos no es ilimitado, y la política de medicamentos en salud reproductiva no es la excepción; los gobiernos deben justificar públicamente sus elecciones y prioridades de política, y los motivos en que se basaron para adoptarlas deben ser aceptables.

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Capítulo de libro

Las reformas en materia de derechos fundamentales

Francisca Pou Giménez
2014 | Taurus

Reformar sin mayorías es producto de una investigación colectiva auspiciada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD-México) que analiza los cambios constitucionales en México durante la etapa de los gobiernos sin mayoría en el Congreso. A partir de una documentación puntual de la evolución, contenido y sentido del reformismo constitucional, María Amparo Casar e Ignación Marván coordinadores de este libro refutan la tesis de que, durante los años de gobiernos sin mayoría, México ha caído en una parálisis legislativa producto de la imposibilidad de llegar a acuerdos. Asimismo, ponen en claro que la frecuencia y el número de reformas a la Constitución mexicana no son tan excepcionales cuando se las compara con las de otras latitudes, que la política del cambio constitucional ha sido fruto de la colaboración entre las tres principales fuerzas políticas del país y que, de ninguna manera, los cambios negociados durante estos últimos quince años pueden calificarse como insignificantes o triviales. Por el contrario, los estudios que forman parte de este libro muestran que, sobre todo en aspectos como los derechos humanos, el sistema penal o la rendición de cuentas, han modificado en forma significativa el régimen constitucional de México. Otra cosa es, desafortunadamente, que los profundos cambios constitucionales muchas veces queden sólo en el papel.

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